Las reglas del juego del cooperativismo de plataforma

Las normas legales desempeñan un papel fundamental en la capacidad de diseñar e implementar con éxito plataformas cooperativas.

El 3 de septiembre de 1967 (Día H), Suecia cambió el sentido de circulación del tráfico pasando de conducir por la izquierda a hacerlo por la derecha. Kungsgatan, Estocolmo.

El 3 de septiembre de 1967 (Día H), Suecia cambió el sentido de circulación del tráfico pasando de conducir por la izquierda a hacerlo por la derecha. Kungsgatan, Estocolmo | Peter Segemark, Nordiska museet | CC BY NC-ND

El cooperativismo de plataforma es la alternativa de gobierno y propiedad compartida que busca hacer frente a la incipiente economía de plataforma desarrollada por empresas millonarias como Uber, Airbnb o BlaBlaCar. Un ecosistema donde la colaboración entre iguales deje de ser un fenómeno de explotación y lucro para las grandes corporaciones requiere cambios en las estructuras organizativas de las empresas. Así pues, la Unión Europea está llamada a legislar y regular un mercado que explota y desprotege a los ciudadanos. Más allá de las propuestas de autogobierno y las herramientas de organización innovadoras, necesitamos pensar en normas que faciliten la asunción de principios de justicia y eficiencia. El debate queda abierto, ¿hacia qué lado se decantará la balanza de las empresas del futuro?

«Pon las normas o las pondrán tus rivales», eso reza el título de uno de los libros más exitosos sobre estrategia legal competitiva, poniendo así a los actores económicos ante una clara disyuntiva: o bien se juega con las reglas de la competencia o bien se la somete a las normas propias[1]. Huelga decir que la segunda solución es la que promete una mayor probabilidad de éxito, especialmente en los primeros pasos de modelos económicos inexplorados. Desde la victoria de Henry Ford sobre la patente de Selden hasta el litigio de cuarenta años al que se enfrentó Thomas Edison, pasando por las complejas estrategias adoptadas por Bill Gates en las condiciones de licencia estándar para los contratos y protección de derechos de autor de su software, un análisis de los factores clave sin duda revela que beneficiarse de normativas convenientes desde el arranque de un modelo económico es el ingrediente crucial para el éxito.

Semejante suposición puede parecer bastante obvia. Al fin y al cabo, las normativas legales crean los mercados, definen sus límites e influyen en las decisiones y comportamientos. Sin embargo, a menudo se infravalora el peso de las estrategias legales competitivas, quizá por una aversión natural a los litigios y los abogados, o porque tendemos a creer que «el Estado no debería elegir al ganador» sino crear un «terreno de juego nivelado» que ponga a todos los competidores en igualdad de condiciones.

Esta conclusión acerca de la tendencia general a infravalorar las estrategias legales también aplica al «cooperativismo de plataforma», expresión que se ha acuñado para designar la experimentación con la propiedad y gestión compartidas en la economía en línea, por oposición a las macroempresas con ánimo de lucro que están explotando la cooperación virtual entre «iguales»[2].

A primera vista, una observación así puede parecer severa, ya que el debate actual se enriquece casi a diario con iniciativas que intentan desarrollar nuevos instrumentos, tanto teóricos como prácticos, con los que plantear plataformas colaborativas que sean la verdadera expresión de una economía social y solidaria.

Esquema de funcionamiento de Loomio, un programa que facilita la toma de decisiones colectivas | Loomio

Esquema de funcionamiento de Loomio, un programa que facilita la toma de decisiones colectivas | Loomio

Las investigaciones y los estudios están más activos que nunca, ocupándose de modelos organizativos, herramientas para la toma de decisiones y planes de financiación. Se está creando software que facilita decisiones corporativas (Loomio, Enspiral) y nuevas soluciones frente a las leyes tributarias y laborales (FreedomCoop). También salen a la luz instrumentos para fomentar la capacidad de autogestión y la creación de comunidades en línea (Fairshares), y se inventan nuevas herramientas para encontrar formas innovadoras de coordinar capital y trabajo (Mastly, Timefounder). Basadas en cadenas de bloques, se están programando herramientas para crear organizaciones descentralizadas (Backfeed, Comakery) y divisas locales en consonancia con los valores de una economía social (Colu). Estos experimentos también invierten en planes de financiación más allá de los capitales de riesgo (Purpose Capital, The Working World, Transform Finance, Community Shares) y sistemas de pago (Fairpay). En el campo de la propiedad intelectual y la privacidad, además, se están proponiendo soluciones que abren una vía de reflexión en oposición a la ley de copyright tradicional (copyleft, copyfair) y a la intrusiva arrogancia de las plataformas capitalistas.

La situación que se observa es extremadamente vital, si bien, al mismo tiempo, inestable y desequilibrada. Si nos paramos a valorar con más detenimiento la firmeza efectiva de muchas de las propuestas en juego, la mayoría de ellas se encuentra en una muy temprana fase de pruebas o bien atraviesa graves problemas financieros. Y no solo eso. Dada la falta de modelos establecidos, muchos de estos experimentos tienen grandes dificultades a la hora de concebir soluciones novedosas que les permitan coordinar riesgos, propiedad, control y beneficios.

Antes que nada, no obstante, lo más necesario es plantear un debate completo y comprometido sobre las regulaciones de mercado y sobre los efectos de las normativas legales en la competitividad. Si usamos la reconocida distinción establecida por Lawrence Lessig —el autor de la fórmula «el código es la ley»— el discurso actual en torno al cooperativismo de plataforma se centra en la arquitectura («el código»), prestando muy poca atención a las normativas legales[3].

Pero ambos esfuerzos deberían ir de la mano, dado que la normativa legal desempeña un papel fundamental en la capacidad de las plataformas cooperativas para diseñar e implementar alternativas viables de manera exitosa: más allá de las dificultades técnicas, establecer herramientas efectivas que incorporen los valores del cooperativismo solo es posible si esos modelos se mantienen competitivos en el mercado. De lo contrario, ¿de qué sirve concebir sistemas más equitativos si el mercado penaliza a quienes se esfuerzan por ello?

Tal vez por sus orígenes norteamericanos, la falta de un debate exhaustivo en torno a la normativa legal del cooperativismo de plataforma es aún más sorprendente en Europa, donde la reflexión sobre estas cuestiones a duras penas tiene en su debida consideración las peculiaridades económicas, culturales y legales de la Unión Europea.

Al contrario, el surgimiento de una reflexión adecuada sería de lo más deseable, en especial porque el proceso de creación de normativas europeas está teniendo lugar ahora mismo: en junio de 2016, la Comisión Europea publicó un comunicado sobre economía colaborativa[4] y otro, en 2015, sobre plataformas en línea[5]. El caso Uber, todavía por resolver en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se decidirá en 2017[6]. El Parlamento y otras instituciones europeas se están posicionando respecto a estas problemáticas[7].

La tarjeta Fairpay utiliza la criptomoneda Faircoin y se puede utilizar en comercios físicos | Faircoop

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Pero vayamos al quid de la cuestión: ¿qué significa debatir la normativa europea sobre cooperativismo de plataforma? La respuesta más inmediata apunta hacia una evaluación de los efectos distributivos de este nuevo escenario económico, a fin de entender mejor quién sale ganando y quién perdiendo[8]. Esto entraña examinar cómo el cooperativismo de plataforma afecta a diferentes grupos sociales, áreas geográficas o índices como los de igualdad de género, y nos llevaría a investigar cómo afecta a la relación entre trabajo y capital[9]. En segundo lugar, es necesario analizar en mayor profundidad cómo impacta la economía digital a los principios y valores que guían nuestras sociedades[10], desde la «comodificación» de nuevos bienes y servicios[11] hasta las consecuencias económicas y políticas de la big data[12].

Pero no solo estamos ante una cuestión de justicia y ecuanimidad. Con demasiada frecuencia, el debate actual se limita a señalar las injusticias existentes y potenciales de esta nueva economía, desatendiendo por tanto el análisis más técnico de los fracasos del mercado, justo cuando la Directiva de Servicios (2016/123/CE), la Directiva de e-Commerce (2000/31/CE) y el acquis communautaire sobre la protección del consumidor se están poniendo en cuestión[13]. A causa de esta diferencia, el debate sobre el cooperativismo de plataforma a menudo no tiene en cuenta el profundo reajuste de las reglas del juego que está ocurriendo (en particular por el papel y los límites de la autorregulación), lo cual aumenta el riesgo de que estos cambios desemboquen en una desregulación masiva[14].

A la hora de buscar soluciones a los muchos desafíos del cooperativismo de plataforma, depender en exclusiva de las capacidades de autogestión es claramente insuficiente. Las normativas en sintonía con los valores cooperativos son esenciales tanto para la creación de políticas públicas como para el desarrollo de soluciones diseñadas de acuerdo con los principios de co-creación y co-gestión. Solo así las iniciativas sociales podrán competir en pie de igualdad en los emergentes mercados en línea.

Hace unos meses, a través de The Guardian, uno de los primeros promotores del cooperativismo de plataforma lanzó una propuesta para comprar Twitter. Atendiendo a la desazón imperante por la severa crisis financiera y a las preocupaciones relacionadas con el intento de compra de Twitter por parte de uno de los gigantes virtuales más conocidos, la campaña #BuyTwitter difundió una propuesta para que los usuarios compraran la red social y la transformaran en una cooperativa. La iniciativa logró atraer cierta atención y despertó las esperanzas de muchos, pero finalmente quedó paralizada por razones prácticas, en primer lugar el alto precio a pagar. El acontecimiento demostró lo difícil que resulta canalizar el entusiasmo individual en un éxito colectivo cuando no se cuenta con el apoyo de fuerzas financieras considerables ni con las estructuras organizativas apropiadas.

Cuando la vida no es como nos gustaría, unas veces nos rebelamos y otras recurrimos a la fantasía. Podemos apedrear los buses de Google, un símbolo de la gentrificación y la escalada de precios, como en el libro de Douglas Rushkoof, que se inspira en los sucesos ocurridos en San Francisco en 2014[15]. O tal vez nos imaginemos un mundo en el que todas las empresas son «sociales» y la gente puede ser condenada por «inversión anti-social»[16]; un futuro en el que Twitter realmente se convierte en una cooperativa próspera, otra red social cooperativa se funda con éxito y Facebook no tiene más remedio que «democratizar» su estructura mediante la inclusión de usuarios a su junta directiva[17].

Pero si lo que queremos es más bien lidiar con la realidad, tenemos que poner las estrategias legales competitivas en el centro mismo del debate sobre el cooperativismo de plataforma, canalizando así la discusión dentro del marco de la Unión Europea en un momento en el que la normativa está cobrando forma. Y es crucial hacerlo ahora. De lo contrario, imaginar el éxito de los modelos cooperativos se hace cada día más difícil.


[1] R. G. Shell. Make your Rules or Your Rivals Will. Crown Business, 2004.

[2] La expresión fue propuesta por T. Sholz en «Platform Cooperativism vs. The Sharing Economy», Medium, 5. 12. 2014. Véase también N. Scheineder, «Owning is the New Sharing», 21.12.2014 en Shareable, http://www.shareable.net/blog/owning-is-the-new-sharing. En noviembre de 2015, Scholz y Schneider organizaron el primer evento sobre cooperativismo de plataforma en Nueva York, pronto considerado la «fiesta inaugural» del Internet cooperativo. Véase T. Scholz, Platform Cooperativism. Challenging the Corporate Sharing Economy, Nueva York: Rosa Luxemburg Stiftung, 2016. www.rosalux-nyc.org/wp content/files_mf/scholz_platformcooperativism_2016.pdf; T. Scholz, N. Schneider (eds.), Ours to Hack and to Own, OR Books, 2016; V. Kostakis, M Bauwens, Network Society and Future Scenarios for a Collaborative Economy, Palgrave Macmillan, 2014.

[3] L. Lessig, Code and Other Laws of Cyberspace, Nueva York: Basic Books, 1999. Véase, del mismo autor, Code, Nueva York: Basic Books, 2006).

[4] Comunicado: «Una agenda europea para la economía colaborativa», 02.06.2016, COM(2016)356.

[5] Comunicado: «Las plataformas en línea y el mercado único digital. Retos y oportunidades para Europa», 25.05.2016, COM(2016)288.

[6] Petición de decisión prejudicial por el Juzgado Mercantil No. 3 de Barcelona (España), 7.8.2015 – Asociación Profesional Élite Taxi versus Uber Systems Spain, S. L. (Caso C-434/15).

[7] Proyecto de informe del Parlamento Europeo en «Una agenda europea para la economía colaborativa», COM(2016)0356 – (2016/0000(INI)), http://www.europarl.europa.eu/committees/it/imco/search-in-documents.html; EESC «Opinion on Collaborative Economy», INT 793, 15.12.2016; European Committee of the Regions, «Collaborative Economy and Online Platforms: A Shared View of Cities and Regions», 7.12.2016, ECON-VI/016.

[8] Cfr. S. Fraiberger y A. Sundararajan. Peer-to-peer Rental Market in the Sharing Economy; T. R. Dillahunt y A. R. Malone, The Promise of the Sharing Economy among Disadvantaged Communities, Proceedings of the 33rd Annual ACM Conference on Human Factors in Computing Systems, 2285, 2015, http://dl.acm.org/citation.cfm?id=2702189&dl=ACM&coll=DL&CFID=538559005&CFTOKEN=56128162. Para un posicionamiento distinto, véase R. B. Reich. The Share-the-Scraps Economy, 2-2-2015, http://robertreich.org/post/109894095095; «The Secret to the Uber Economy Is Wealth Inequality», Quartz, 16-12-2014, http://qz.com/312537/the-secret-to-the-uber-economy-is-wealth-inequality; Sobre el género y la economía colaborativa, véase N. Schoenbaum, Gender and the Sharing Economy, 43, Fordham Urb. L.J. 1 (2016); D. Iosub, D. Laniado, C. Castillo, M. Fuster Morell y A. Kaltenbrunner. Emotions under Discussion: Gender, Status and Communication in Online Collaboration, PLoS ONE, 2014.

[9] Véanse las investigaciones llevadas a cabo por el Civic Media – Collaborative Design Studio del MIT (http://codesign.mit.edu) y el Dimmons Group de la Universitat Oberta de Catalunya (http://dimmons.net).

[10] Cfr. G. Smorto, The Sharing Economy as a Means to Urban Commons, 7 Comparative Law Review, 1 (2016).

[11] M. Bauwens, «The Sharing Economy Is a Ploy for the Commodification of Everything», P2P Foundation, 31 de agosto, 2014; B. Bergvall-Kåreborn y D. Howcroft, «Amazon Mechanical Turk and the Commodification of Labour», 29 New Technology, Work and Employment, 213 (2014).

[12] Cfr. S. Barocas y A.D. Selbst. «Big Data Disparate Impact», 104 California Law Review 671 (2016).

[13] G. Smorto. «A Critical Assessment of European Agenda for the Collaborative Economy». Trabajo de investigación en representación del Parlamento Europeo. Actas del Taller sobre Economía Colaborativa del Parlamento Europeo, Bruselas, 8 de noviembre, 2016 (próxima publicación).

[14] M. Cohen y A. Sundararajan. «Self-Regulation and Innovation in the Peer-to-Peer Sharing Economy», 82 U Chi L Rev Dialogue 116 (2015); C. Koopman, M. Mitchell y A. Thierer, «The Sharing Economy and Consumer Protection Regulation: The Case for Policy Change», Mercatus Working Paper, Mercatus Center at George Mason University, Arlington, Va, Diciembre 2014; Id., «The Sharing Economy: Issues Facing Platforms, Participants, and Regulators», Sharing Economy Workshop, Project No. P15-1200, http://www.mercatus.org/sites/default/files/Koopman-Sharing-Economy-FTC-filing.pdf; D. Baker, «The Sharing Economy Must Share a Level Playing Field», Cato Unbound, 11-2-2015, http://www.cato-unbound.org/2015/02/11/dean-baker/sharing-economy-must-share-level-playing-field; A. Sundararajan. The Sharing Economy. The End of Employment and the Rise of Crowd-based Capitalism. Cambridge: MIT University Press, 2016.

[15] D. Rushkoff.. Throwing Rocks at the Google Bus. London: Portfolio, 2016.

[16] R. Ridley-Duff. The Dragons’ Apprentice: a Social Enterprise Novel. Create Space, 2014. https://loomio-attachments.s3.amazonaws.com/uploads/f6be1c06387f69220fe8819374d3c4c8/The%20Dragons’%20Apprentice%20V1.1.pdf.

[17] S. Silberman. Reading Elinor Ostrom in Silicon Valley. Nueva York: ACM, 2016. http://wtf.tw/etc/group/.

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  • Garito | 09 febrero 2017

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